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Boletín |
Secretaría General www.cne.org.bo
30 de abril de 2008
N°
302
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La CNE no será responsable por la confiabilidad de los resultados
La Corte Nacional Electoral no es responsable del sistema
informático de cómputo de votos del acto del 4 de mayo
La Corte Nacional Electoral (CNE) deslinda responsabilidad sobre el sistema informático (servidores y software) de cómputo de votos que se vaya a emplear, al margen de la institucionalidad, en el acto del 4 de mayo en Santa Cruz, y sobre la seguridad, transparencia y confiabilidad de la información que se obtenga en el cómputo de resultados, toda vez que la corte cruceña no cuenta con los sistemas oficiales desarrollados por el organismo electoral boliviano para el efecto.
Con apego estricto a la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y la Ley del Referéndum, expresado en la Resolución de Sala Plena Nº 014/2008 de 7 de marzo de 2008, la CNE ha rechazado una solicitud de la corte electoral cruceña para contar con los sistemas para la generación e impresión de listas índice y para el cómputo de votos. Por tanto, la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz sólo cuenta con el sistema de padrón, pero no dispone de los sistemas “SIRENA Listas índice” y “SIRENA Cómputo”.
Al respecto, la CNE emitió este miércoles un Comunicado en el que establece claramente los siguientes puntos:
La Corte Nacional Electoral es la única instancia competente para organizar y ejecutar referendos en el país, así como para escrutar y declarar sus resultados (Artículo 12° de la Ley del Referéndum). En ejercicio de esta competencia, la Corte Nacional Electoral ha dejado sin efecto todas las Resoluciones de la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz relacionadas al acto del día 4 de mayo (Resolución de la CNE Nº 014/2008).
En este contexto, la Corte Nacional Electoral comunica que el acto del 4 de mayo no cuenta con los sistemas informáticos para la elaboración de listas de votantes y para el cómputo de votos desarrollados por el organismo electoral boliviano --verificados por instancias técnicas de organizaciones nacionales e internacionales-- para los procesos electorales y de referéndum.
En consecuencia, no se hace responsable por el uso de sistemas informáticos desarrollados o contratados sin autorización oficial de la Corte Nacional Electoral, ni por la seguridad, transparencia y confiabilidad de la información generada por esos sistemas.
El sistema informático que emplea el Organismo Electoral fue desarrollado y perfeccionado por su Dirección Nacional de Informática en varios años de trabajo y cumple con la calidad y seguridad necesarias para garantizar su invulnerabilidad y confiabilidad en la generación de información (resultados) para el cómputo de votos.